Catastro Córdoba

1.12 AFECTACIÓN AL DOMINIO PÚBLICO EN LOTEOS SOBRE TERRENOS DEL ESTADO

En los casos de loteos realizados por Municipios o Comunas sobre terrenos de su propiedad no se requiere la donación de calles ni espacios públicos, siendo suficiente la correspondiente Ordenanza o Resolución de afectación al dominio público de los mismos.

No corresponde en estos casos la donación de los espacios destinados a calles o espacios verdes, ya que el propietario del inmueble originario es el mismo Municipio o Comuna, solo es necesario el instrumento de afectación al dominio público.

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