Catastro Córdoba

1.2 TRABAJOS SOBRE INMUEBLES AFECTADOS POR UNIDADES TRIBUTARIAS


En los casos de trabajos de Agrimensura sobre parcelas afectadas por Unidades Tributarias, estos se realizarán sobre la cuenta de la parcela o parcelas afectadas, y está deberá cumplir con lo establecido en la pauta 1.1.
No se requerirá libre deuda de las Unidades Tributarias generadas, ni se realizarán gráficos, ni croquis de su distribución y/o conformación. 

Las Unidades Tributarias se generan a los fines previstos en el artículo 14 de la Ley 10.454 y la cuenta de la parcela afectada queda bloqueada para generar obligaciones, pero no se da de baja, y es esta cuenta (que se dará de baja al finalizar el procesamiento del trabajo) la que no debe tener deudas. Las deudas existentes en las Unidades Tributarias, pasarán a las parcelas resultantes.

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