Catastro Córdoba

1.4 DOCUMENTACIÓN EXTERNA, FIRMA DIGITAL

La documentación externa debe subirse al Portal Web en formato digital, legible y firmada digitalmente por el profesional. En caso que el organismo se expida con firma digital, no debe el profesional firmar nuevamente el documento, ya que se trata de un documento original con plena validez.
No se da ingreso a ningún expediente si falta alguna documentación, y en caso de detectarse la falta de alguna intervención en el proceso de visación, se rechaza automáticamente el trámite sin controlar otros aspectos.

Artículo 1 de la Resolución Normativa 12/2018. En la actualidad, hay muchos casos en que la intervención de organismos externos se hace con firma digital por parte del responsable de la repartición, y es en estos casos en que no corresponde que el profesional avale con su firma que es una copia del original, ya que se trata de un documento digital original. 

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