6.2 OCHAVAS Y ENSANCHES DE VEREDA
En Propiedad Horizontal y Conjuntos Inmobiliarios, las ochavas, ensanches de vereda y otros espacios sujetos a restricciones administrativas, son determinados e identificados con el destino, sin necesidad de asignarles número de posición. Corresponde a la autoridad local, Municipio o Comuna, validar los mismos.
El número de posición que identifica un sector, permite referirlo en el Reglamento para lo que fuere menester. En el caso de ochavas, ensanches de vereda y otros espacios sujetos a restricciones administrativas, rige la restricción administrativa establecida por la autoridad local, por lo cual, no necesitan de número de posición.