Catastro Córdoba

6.1 MODIFICACIONES DE PROPIEDAD HORIZONTAL Y CONJUNTOS INMOBILIARIOS

En Propiedad Horizontal o Conjuntos Inmobiliarios ya constituidos, si se pretende subdividir una Unidad Funcional o unir dos o más Unidades Funcionales, se trata como Modificación de Propiedad Horizontal o Conjunto Inmobiliario, limitando los gráficos a las unidades y sectores que se modifican. No es necesario graficar la parcela ni la ubicación.
Toda modificación de Propiedad Horizontal o Conjunto Inmobiliario debe contar con la visación municipal o comunal correspondiente. En el caso de Parques Industriales, en todos los casos deben tener la conformidad de la Secretaría de Parques Industriales.

Siempre una unión o subdivisión de una Unidad Funcional, ya sea dentro de un Conjunto Inmobiliario o una Propiedad Horizontal, importa una modificación del mismo, y lleva consigo la necesidad de modificar el Reglamento.

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