Catastro Córdoba

9.4 LEYENDA PARA POSESIONES


En todos los trabajos de mensura de posesión deben consignarse obligatoriamente debajo de la carátula o portada, y en el reporte la siguiente leyenda: “La visación del presente trabajo en ningún caso supone abrir juicio sobre la validez y antigüedad de los derechos que el poseedor aduce, ni implica la renuncia sobre los derechos que el Estado pudiere tener sobre el inmueble”.

La necesidad de incluir esta leyenda surge de los errores en la interpretación que se da a la intervención de Catastro con la visación de los planos, dejando constancia expresa de que implica dicha intervención.

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