2.1 INMUEBLES ACABALLADOS SOBRE RADIOS URBANOS
En los trabajos de agrimensura sobre inmuebles ubicados parcialmente dentro de un radio municipal o comunal y zona rural, se solicita intervención municipal o comunal, si la mayor parte de alguno de los inmuebles resultantes se encuentra dentro del radio urbano o si colinda con calle municipal o comunal.
En el caso de inmuebles que se encuentren parcialmente en el Departamento Capital, se exige en todos los casos la intervención de la Municipalidad de Córdoba.
Los inmuebles acaballados en un radio urbano aprobado y zona rural requieren de la intervención de la Secretaría de Agricultura o del Municipio o Comuna. En muchos casos, esta situación ha planteado controversias, de allí que se establezca un criterio objetivo para solicitar la intervención municipal, y ese criterio va en línea con el criterio catastral y registral de asignar al inmueble a jurisdicción donde está la mayor parte del mismo. La excepción prevista para el caso de la Municipalidad de Córdoba se fundamente en que ésta, tiene establecido un tratamiento diferenciados para estos casos.